Últimas (o penúltimas) cuestiones sobre los impuestos. Y derechos y consejos frente a las rebajas


Daniel nos pregunta: El año pasado me quedé en el paro y en diciembre saqué 2.000 euros de mi cuenta ahorro-vivienda. Ahora estoy trabajando puedo devolverlas o tengo que hacer una aportación nueva? Lamentablemente no puede devolverlas. El dinero que sale de una cuenta ahorro-vivienda solamente se puede gastar en la vivienda. Y no en cualquier vivienda, tiene que ser en la que va a ser nuestra vivienda habitual; eso si, puede ser dinero que se gaste en el terreno, en escrituras... pero todo relacionado con esa vivienda. Por otra parte Daniel no nos especifica si el año pasado había realizado alguna aportación a la cuenta ahorro-vivienda. Si es así lo que debe de hacer es no meter esos 2000 euros en la declaración. Pero si ese dinero es de años anteriores y ya se dedujo por él entonces tendrá que devolver las deducciones (15% de 2.000 euros son 300 euros) y los intereses de demora, que se calculan desde el 30 de junio si le salió a pagar o desde el día que recibió la devolución si le salió a devolver.
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Pedro L. Monleón pregunta: Hola. El año pasado hice unas reformas en casa. Cambié cañerías, azulejos, instalación eléctrica, pinté y cambié muebles, por un valor de 33.000 euros. He oído que puedo deducir esas obras ¿cómo puedo hacer? gracias.
 En primer lugar decir que esta deducción empieza el 14 de abril del año pasado, no vale para obras anteriores. Se puede aplicar para mejoras en la vivienda habitual y, en general, para mejorar la eficiencia energética, la seguridad, sustitución de instalaciones de electricidad, gas, agua y demás suministros, y para mejorar la accesibilidad. El límite de renta son 53.007 euros y se puede deducir el 10%. El este caso Pedro puede deducirse la parte de instalaciones pero no los muebles. La pintura depende; si se vio obligado por las obras en instalaciones si. Por cierto, en la factura tiene que estar perfectamente especificado; y, además, Hacienda no permite el pago en metálico.

Susy de Coruña envía su consulta:  Resulta que este junio cumpli un año con un contrato en mi empresa, no es el de prácticas que hice en el máster, sin embargo si que es de prácticas pero me dieron de alta en la seguridad social. Mi duda es si tengo derecho a la prestación por maternidad, la chica de la gestoría a la que fui a preguntar no lo tiene claro. Lo cierto es que llevo un año con ese contrato, cumplido el 18 de junio y mi hija cumplió tres años en abril, es decir, que durante el 2010 que es el año que se declara todavía era menor de 3 años. La norma es muy clara, tienes derecho a los 100 euros por mes por madre trabajadora siempre que tu hija tenga de 0 a 35 meses (ya no contaría el mes que cumple los tres años) y si cotizas a la Seguridad Social 100 euros al mes. Si cotizaras menos (porque son pocas horas o poquísimo sueldo) podrías llegar hasta esa cantidad. Pero da igual el tipo de contrato. En tu caso tienes derecho, en el 2010, a los meses de junio a diciembre (700 euros). Y en la declaración del 2011 (la que hacemos en el 2012) tendrás derecho a tres meses, enero, febrero y marzo.

El viernes pasado comenzaron las rebajas ¿Cómo se presentan? Las previsiones de los comerciantes son que gastaremos menos que en las del año pasado en verano, de 65 euros a unos 50. Aunque hay que tener en cuenta que la campaña primavera-verano de este año fue bastante mejor que la pasada.

¿Qué derechos tenemos los consumidores en período de rebajas? Todos, absolutamente todos, igual que si no fuesen rebajas. Garantía, uso de tarjetas, plazos de devolución...

¿También con las devoluciones? Si. Tanto en los plazos como con la devolución del dinero o los vales. Si el comercio durante el año devuelve el dinero en rebajas tiene que hacerlo también. Y si no lo hace durante el año tiene que ponerlo muy visible en la tienda, sobre todo en la zona de cajas.

Entonces no podemos exigir que nos devuelvan el dinero... No, el comercio solo esta obligado a devolvernos el dinero si el artículo esta defectuoso.

¿Qué consejos podemos dar a la hora de acercarnos a las rebajas? Pues casi los mismos que cuándo no estamos en rebajas. Comprar lo necesario, no lo barato porque este barato. Hacer una lista con lo que se necesita. Fijarnos más en el precio final que en el descuento, por ejemplo, es fácil que nos llame más la atención un pantalón que pasa de 95 euros a 30 que uno que baja de 40 a 25... fijémonos en la calidad y en el precio más que en el descuento. Por cierto, es bueno transformar todo lo que acaba en 29,95 en 30; aunque parezca mentira los 9,95 funcionan, e inconscientemente nos parece mucho más cara una prenda por 30 euros que una por 29,95.



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