Varias veces hemos explicado que en los borradores o en los datos fiscales no vienen los cambios familiares. Tampoco los personales, como por ejemplo, una situación de discapacidad. ¿Hay que demostrar con papeles la nueva situación? No hay que entregar ningún papel con la declaración, pero hay que poder demostrarlo si Hacienda nos lo pide, y nos lo puede pedir del año actual y de los cuatro años anteriores. Además es importante saber que si nos conceden a nosotros o a algún miembro de nuestra familia un grado de discapacidad del 33% o superior, a partir de este porcentaje ya influye en nuestra declaración, nos tenemos que fijar en la fecha que ponga el certificado. Muchas veces nos llega con una fecha anterior. Por ejemplo, si nos lo entregan en julio y tiene fecha del año pasado deberíamos hacer una declaración complementaria del año anterior; nos interesa, nos saldrá mucho mejor.

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