Para los movimientos de capital mobilliario y patrimonio tenemos una novedad importante en el IRPF de este año. La explicamos... Hasta ahora, lo comentamos más de una vez, la ley nos permitía compensar pérdidas de años anteriores con ganancias del año en curso; pero hasta ahora solo lo podíamos hacer dentro del mismo tipo, es decir, los de capital inmobiliario solo con otros de capital inmobiliario, y lo mismo con la parte de patrimonio. Ahora vamos a poder compensar el saldo negativo de cualquiera de ellos con el positivo del otro, con un límite del 15%. Un ejemplo: si tenemos ganancias por dividendos de 1.000 euros y pérdidas por venta de acciones por otros 500 euros, vamos a poder compensar el 15% de esas ganancias, 150 euros, con otros tantos de las pérdidas. Pagaremos impuestos por 850 euros de dividendos y tendremos cuatro años para compensar los otros 350 euros de pérdidas que nos quedan.
Hoy vamos a comenzar explicando algunas de las estafas en las que podemos caer relacionadas con la declaración de la renta. Estafas en forma de comunicaciones que nos pueden llegar por sms, por correo electrónico, por redes sociales. Y aquí está lo primero en lo que nos debemos fijar, ¿la Agencia Tributarias contacta por redes sociales? No, nunca. Las instituciones oficiales nunca usan redes sociales (Facebook, Instagram, WhatsApp) para solicitar datos fiscales o notificar incidencias. Cualquier mensaje de este tipo es fraudulento. ¿Qué tipo de estafas podemos recibir los contribuyentes relacionadas con los impuestos? El phishing por correo o SMS, mensajes falsos que parecen de la Agencia Tributaria de España, ojo, o de otros países, como el IRS de EE.UU., pidiendo datos personales o bancarios. También se han detectado comunicaciones de falsos gestores o asesores que ofrecen servicios para "maximizar devoluciones" a cambio de comisiones altas o acceso a nues...
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