También existen ventajas para los que compraron fondos de inversión, acciones, o inmuebles antes del 31 de diciembre de 1994... Si, es importante recordar que las leyes y normas fiscales cambian todos los años, a veces más y otras veces cuestiones más concretas. Por eso comentamos muchas veces que uno de los fallos más habituales a la hora de hacer la declaración es no saber lo que que no sabemos, es decir, no saber que cambios se han producido y que nos modificarían la declaración y también, en muchos casos, nos harían tomar decisiones distintas. En este caso las ventajas para esas compras hechas antes del fin de 1994 están en que los beneficios que se hayan producido antes del 20 de enero de 2006 tienen unas reducciones, unos coeficientes de abatimiento. Es largo de explicar pero baste saber que si vendemos algo comprado antes del 31 de diciembre de 1994 tenemos derecho a una serie de reducciones. También con un límite, en este caso de 400.000 euros, y también podemos elegir cuando usar esta exención en función de lo que más nos convenga.
Hoy vamos a comenzar explicando algunas de las estafas en las que podemos caer relacionadas con la declaración de la renta. Estafas en forma de comunicaciones que nos pueden llegar por sms, por correo electrónico, por redes sociales. Y aquí está lo primero en lo que nos debemos fijar, ¿la Agencia Tributarias contacta por redes sociales? No, nunca. Las instituciones oficiales nunca usan redes sociales (Facebook, Instagram, WhatsApp) para solicitar datos fiscales o notificar incidencias. Cualquier mensaje de este tipo es fraudulento. ¿Qué tipo de estafas podemos recibir los contribuyentes relacionadas con los impuestos? El phishing por correo o SMS, mensajes falsos que parecen de la Agencia Tributaria de España, ojo, o de otros países, como el IRS de EE.UU., pidiendo datos personales o bancarios. También se han detectado comunicaciones de falsos gestores o asesores que ofrecen servicios para "maximizar devoluciones" a cambio de comisiones altas o acceso a nues...

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